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lunes, 5 de enero de 2009

Reposos retribuidos en lugar de accidentes de trabajo

JOAN MANEL LOSILLA. Coordinador del Gabinete de Salud Laboral de CCOO-PV

La escena es la siguiente: “Un trabajador de la empresa Parques Reunidos ha sufrido un accidente de trabajo y se dirige a un centro asistencial de la mutua UMIVALE. El médico que le atiende le pide su DNI y cuando aparece en el ordenador la ficha del trabajador, se enciende un pequeño luminoso en la pantalla: “empresa que da reposos”. Tras leer el aviso, el médico entrega al trabajador un parte de “accidente laboral sin baja” y le dice que se quede en casa 48 horas para ver si mejora”.

No es un episodio baladí. Tampoco es un caso infrecuente, ni restringido al ámbito de actuación de una sola mutua. El hecho de que el sistema informático de diversas mutuas integre un aviso de estas características indica a las claras que la práctica de extender permisos retribuidos en lugar de bajas forma parte de una estrategia pactada entre la mutua y la empresa. ¿Con qué fin? Delegados de prevención de distintas empresas en las que se han registrados casos de “reposos retribuidos” señalan que el principal objetivo es conseguir que esos accidentes no sean notificados a las autoridades laborales: “se trata de evitar a toda costa estar en la lista de empresas con alta siniestralidad”.

Conculcación de derechos y ocultamiento

El Gabinete de Salud Laboral de CCOO-PV venía denunciando que ésta práctica tiene consecuencias nefastas en el terreno de los derechos de los trabajadores: el incidente no se computa como accidente laboral por lo que si el trabajador tiene una recaída no habrá parte de accidente que sirva para demostrar el origen laboral de la dolencia.

Esta práctica es también nociva para la lucha contra la siniestralidad laboral pues enmascara los accidentes de trabajo leves, con efectos importantísimos tanto desde el punto de vista estadístico como en el terreno de la prevención ya que sobre la realidad que no se conoce no se puede actuar.

También supone una gestión inadecuada de los recursos públicos de la Seguridad Social. La mayoría de los casos detectados son lesiones músculo-esqueléticas por sobreesfuerzos o posturas inadecuadas que se convierten en un vivero de lesiones no reconocidas como profesionales que son derivadas al sistema público de salud.

La Inspección de Trabajo prohíbe esta práctica

Tras varias denuncias desde la Secretaría de Salud Laboral de CCOOPV, el Director General de la Inspección de Trabajo emite una resolución el 2 de julio de 2008 en la que afirma que esta práctica es contraria a derecho, incurriendo la mutua en “las infracciones tipificadas en los artículos 27.3 y 28.4 del Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social al incumplir sus obligaciones relativas a la notificación de accidentes de trabajo”.

Pero la Inspección no se queda ahí sino que exige a las empresas y a las mutuas transparencia: “Cuando un trabajador sufra un accidente de trabajo, independientemente del inicio o no los procedimientos reparadores del sistema de Seguridad Social, el empresario estará obligado a comunicar el accidente a la autoridad laboral”. Además el dictamen recuerda que “ante un accidente de trabajo, el empresario siempre estará obligado a llevar a cabo una investigación para detectar sus causas”. La instrucción de la Dirección General de Inspección de Trabajo y Seguridad Social es clara: los médicos de las mutuas no pueden prescribir reposo preventivo.
Sección Sindical de CC.OO.
 

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